Diariamente escuchamos opiniones sobre la Justicia. En este artículo pretendo describir brevemente algunos aspectos que complejizan la construcción de la imagen pública de cualquier poder judicial. El fin es reflexionar sobre el contexto en el que juezas y jueces toman sus decisiones, para que algunas de estas variables puedan considerarse a la hora de calificar el servicio de justicia. ajenas en la que basan su juicio.
Diariamente escuchamos opiniones sobre la Justicia. Loas y reproches. Más lo último, conforme los últimos barómetros de confianza. Algunos habrán vivido una experiencia personal; otros asumen como propias expresiones ajenas en la que basan su juicio.
Aquí pretendo describir brevemente aspectos que complejizan la construcción de la imagen pública de cualquier poder judicial. La lista no es exhaustiva ni está exenta de subjetividades. El fin es reflexionar sobre el contexto en el que juezas y jueces toman sus decisiones, para que algunas variables puedan considerarse a la hora de calificar el servicio de justicia.
1- Órgano independiente, no electivo y vitalicio
A diferencia del resto del sector público gubernamental, el Judicial es un órgano independiente y no responde a colores políticos ni ideológicos. La Constitución fija su composición y competencia. Sus integrantes no son elegidos por el voto popular y tienen cargos vitalicios, mientras dure su buena conducta.
Lo que sí deben construir, y sostener en el tiempo, es la confianza del pueblo en la institución. Sin dudas, la selección de la magistratura por concurso, como en Córdoba, colabora con la imagen de un poder judicial idóneo e independiente. La clave es que la realidad institucional y la experiencia individual confirmen la fidelidad de esa imagen. Coherencia.
2 – Independencia funcional de cada tribunal
Existe una absoluta independencia funcional de cada uno de los organismos jurisdiccionales. Los tribunales no son franquicias. Nadie puede decir a un juez cómo fallar. En cambio, en otros espacios estatales las autoridades pueden indicar qué resolver o cómo proceder.
Las dependencias judiciales gozan, también, de autonomía de gestión de sus oficinas. Los superiores tribunales o cortes supremas, en su rol administrativo, pueden recomendar modos de trabajo pero no pueden obligar a un magistrado, o sancionarlo, si no es visiblemente amable, si ignora a periodistas o no escribe sentencias claras. Dependerá, en gran medida, del grado de sensibilización y conciencia personal.
3- Aplican leyes creadas por otros poderes del Estado
Los tribunales aplican al caso concreto normas emanadas de otros poderes del Estado, aunque sus consecuencias influyen directamente en la reputación del Poder Judicial.
Es crucial la adecuación de las expectativas de la comunidad respecto de cuáles son las competencias de la Justicia y qué puede esperarse de ella. Que la propia organización colabore con la instrucción cívica y la alfabetización jurídica de la ciudadanía dará lugar a una percepción más acertada de la buena o mala prestación del servicio, con base en su real campo de acción.
4 – Red tape
Una característica del sector público, y en particular del Judicial, es lo que se conoce como red tape (cinta roja). Son regulaciones y procedimientos que, en principio, previenen abusos de poder y aseguran transparencia, pero que en exceso resultan contraproducentes.
Si bien mucho está impuesto por leyes de fondo y de forma, existen autorreglamentaciones que pueden flexibilizarse para evitar la burocracia. Es un propósito que se viene persiguiendo en la mayoría de los poderes judiciales, especialmente cuando se involucra a personas en situación de vulnerabilidad. Sin duda, la consecuencia de tales esfuerzos redundará en beneficio de la gente y en la idea de Justicia que se imprime en sus cabezas.
5- Casi siempre alguien sale “insatisfecho”
Un alto porcentaje de los justiciables resulta insatisfecho con el fallo, lo que atenta contra la imagen de la Justicia, aun cuando el trabajo del tribunal haya sido técnicamente impecable.
Las buenas prácticas en la prestación del servicio (trato adecuado, respeto, escucha, accesibilidad) mejoran la experiencia del usuario, a pesar de los resultados, lo que aliviana las consecuencias de un fallo adverso. Aquí vemos, nuevamente, la importancia de la decisión individual de adoptar una cultura de servicio.
Existen otras particularidades, como el presupuesto limitado y fijado por ley, que no tiene “mercado” ni “competencia” y que los empleados con estabilidad laboral son más difíciles de motivar. Su público, extremadamente diverso, interactúa con otras variables del contexto: disciplinas y fueros, escenarios en los que se desarrollarán las relaciones judiciales, sedes en una vasta extensión territorial.
No es justo calificar un servicio de la magnitud del que estamos hablando por la decisión individual de un magistrado o tribunal. La gran mayoría cumple silenciosa y oportunamente su función. Es verdad que “no se aplaude al pez por nadar”, pero también es cierto que, cuanto más conocidas sean las expresiones de empatía y compromiso social por parte de la magistratura, mejor será la concepción que el público tenga del rol y del sistema.
Publicado en Comercio y Justicia.
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