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La labor en la comunicación judicial

Cuando se intenta definir el accionar en la comunicación judicial, por lo general, se piensa en la información como objetivo a conseguir. Los magistrados resuelven y desde la oficina de comunicación se difunde esa resolución. Pero, en realidad, esto no es más que repartir noticias a medio construir. Casi un “corto y pego”. La verdad es que la comunicación no es unidireccional, es un ida y vuelta. Es establecer canales donde la interrelación pueda fluir en todos los sentidos en que sea necesario.

Tomar una resolución y enviarla a los medios es un mero hecho de difusión, pero eso no es una noticia en sí misma. Umberto Eco, en su novela “Número Cero”, en la que critica el rol del periodismo, pone en boca del personaje Simei, un mensaje muy interesante relacionado con las opiniones sesgadas y la forma de fijar agenda periodística: “No son las noticias las que hacen el diario, sino el diario el que hace las noticias. Y saber juntar cuatro noticias distintas significa proponerle al lector una quinta noticia”. La forma en que se comunica es una noticia más para el lector.

En la comunicación judicial, debemos salir de la mera difusión para ser creadores de canales de diálogo, de intercambio. Deben establecerse líneas de acción basadas en estrategias de comunicación. Si difundimos una resolución judicial, tal como fue dictada, es probable que no genere un ida y vuelta constructivo. Producirá aceptación o rechazo; o total indiferencia, si el lenguaje de la resolución no es claro para el lector.

Para comunicarnos no podemos dejar que la resolución dé por finalizado algo en lo que el receptor no fue partícipe, porque se lo trataría como un mero espectador de la decisión de un árbitro. El proceso de un expediente se construye día a día en los medios y no siempre coincide con el expediente de tribunales. Es aún peor, porque al no ser consecuente con la construcción del expediente de la calle, conlleva al rechazo.

Muchas personas que trabajan en la comunicación judicial se sorprenden por la escaza repercusión de la resolución cómo noticia o por el rechazo que genera lo legalmente resuelto. Es que el “expediente de la calle” nace con la narración del hecho noticioso. En él influyen los matices del periodista que da a conocer este hecho. Ese golpe inicial es el más contundente. Tuerce inexorablemente el destino del “expediente de la calle”. Cuestión que no enmienda la resolución del expediente de tribunales. Es más, si la decisión judicial se contrapone al expediente de la calle, éste se impone por masivo.

Para que esto se encauce correctamente, desde la comunicación judicial debemos abrir caminos de comunicación con la sociedad por intermedio de los periodistas, que son los narradores de hechos. Con ellos se debe tener un diálogo fluido, escuchar sus pedidos, acudir en su auxilio si es necesario, intercambiar, opinar, porque son ellos los aliados innegables para que esa narración inicial no esté mal orientada de origen, con el sembrado de expectativas imposibles de cumplir desde el derecho. Cuántas veces escuchamos la frase “que se pudran en la cárcel”, como respuesta social a un hecho repudiable, que después en el derecho y con el código en la mano, no supera una reprimenda.

El periodista no es el adversario de la comunicación judicial. Debe ser un aliado. No siempre hay que coincidir con sus apreciaciones, pero se debe dialogar con ellos, para comprender sus lógicas y marcarles las propias lógicas del expediente de tribunales, que está dirigido por leyes, que la magistratura no puede dejar de lado caprichosamente. El “expediente de la calle” toma atajos que el camino de las normas no contempla. Por esto es fundamental el intercambio de miradas ante un mismo hecho.

Este artículo trata de despertar un debate que está dormido. No es una verdad absoluta. Es un disparador que intenta dejar de lado la información unidireccional, para ingresar en el desafiante camino de la comunicación. Cómo lo decía el famoso “filósofo” futbolístico Guillermo Nimo: “Por lo menos así lo veo yo”.

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