En los ámbitos de los poderes judiciales y ministerios públicos en Argentina también tiene más de 10 años de recorrido, con distintos niveles de desarrollo. Como un hito fundacional en este sentido podríamos señalar la creación de la Dirección de Comunicación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y luego del Centro de Información Judicial (CIJ) (Acordada 17/06) que pone a la comunicación como uno de los ejes fundamentales de política de gestión judicial.
Por su parte el Ministerio Público Fiscal de la Nación crea en 2012 -por medio de la resolución PGN 605/2012 -la Dirección de Comunicación Institucional de la Procuración General de la Nación, y luego mediante la resolución PGN 1042/2013 el sitio de noticias Fiscales.gob.ar, la agencia de noticias del MPF “destinada a dar a conocer a la ciudadanía los dictámenes, presentaciones y actividades que en el ejercicio de sus funciones realizan los integrantes del Ministerio Público Fiscal en todo el país”. La Defensoría General de la Nación tiene una “Coordinación de Prensa, Comunicación Institucional y Relaciones con la Comunidad”.
Las justicias provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires también tienen, en los ámbitos de sus órganos de administración, sus oficinas de comunicación y prensa, con más o menos recursos, así que bien podemos decir que es una conquista generalizada.
Ahora, la pregunta es: ¿qué debe hacer una dirección de comunicación de un organismo judicial?
Las gestiones de prensa son importantes y con éstas me refiero a las tareas que puedan contribuir a la difusión de las decisiones de los/as jueces, los fiscales y defensores, a través de los canales institucionales del organismo, o facilitando el nexo con los/las periodistas, respondiendo a los requerimientos de la prensa sobre casos concretos, realizando conferencias de prensa en casos de mucha repercusión pública, monitoreando las menciones de los/as magistrados/as en los medios, ofreciendo herramientas de capacitación en manejo de medios de ser necesario, entre otras.
Tareas que contribuyen además a la transparencia de la actividad judicial y al acceso a la información pública por parte de los/las ciudadanos/as. Sin embargo, estas acciones mencionadas son sólo un aspecto de las funciones que debería tener una dirección de comunicación.
Dan un paso más estas dependencias cuando se ocupan de la comunicación institucional del organismo, contribuyendo a concientizar en temas institucionales de la agenda judicial de la administración central que, al ser órganos de los poderes judiciales, manejan temas de gran impacto social.
Para ello, los/as profesionales de la comunicación deben generar contenidos para las páginas webs institucionales y de unos pocos años a esta parte también para las redes sociales. Un ejemplo de esto lo vemos en las campañas de prevención o de sensibilización en temas que hacen al trabajo del órgano judicial y que importan a la población.
O sea que administran, diseñan, gestionan sitios webs, ya sea de comunicación externa como también interna (Intranets). También se ocupan en muchos casos del desarrollo de otros canales de comunicación, como ser boletines o newsletters para públicos externos e internos; apps para dispositivos móviles, contenidos para Whatsapp, entre otros.
Hasta aquí podemos decir que es muy importante la función que llevan a cabo, sobre todo teniendo en cuenta que el poder judicial es uno de los tres poderes del Estado y como tal sus actos son actos de gobierno y deben ser comunicados.
Ahora creo que podemos ir más allá. Si consideramos a la comunicación como el medio por el cual los seres humanos coordinan acciones, crean relaciones y mantienen vivas a las organizaciones, la tarea se vuelve mucho más ambiciosa y relevante.
En esta perspectiva, llamada constitutiva de la comunicación, se destaca que todos los miembros de una organización promulgan la comunicación y deben estar equipados, capacitados y alentados a participar en conversaciones que contribuyan a la creación de valor.
Pensar así a la comunicación en el ámbito específico de la administración de justicia nos desafía a reflexionar sobre cómo nos relacionamos con “el otro”, ya sea un/a compañero/a de trabajo, o ya sea el/la ciudadano/a al que en última instancia (en virtud, ¡en primera!) se dirige nuestro trabajo como servicio público de justicia. ¿Tenemos en cuenta aspectos de nuestra forma de hablar y de escribir? ¿Ponemos al otro/a en el centro de nuestra comunicación? ¿Nos expresamos claramente? ¿Ejercitamos una escucha atenta? ¿Facilitamos la difusión y la comprensión de nuestras decisiones? ¿Diseñamos acciones y comunicaciones parecidas a lo que hoy en día se conoce, especialmente en el ámbito de las empresas tecnológicas, como “experiencia del usuario”, donde facilitamos la percepción positiva del servicio ofrecido?
Poner a nuestro/a interlocutor/a en un lugar de relevancia, hacia quien puedo dirigir una escucha empática puede ser un efecto comunicacional transformador.
Desde esta concepción, cada empleado/a de la organización es agente de cambio y vector de comunicación. Para que esto suceda, la gestión de la comunicación debe ser entendida como estratégica por los/as responsables de la administración central del organismo, considerando su importancia transversal y trascendental.
Por supuesto que los/as profesionales a cargo de la oficina de comunicación y de la de recursos humanos serán muy importantes para concientizar en este sentido, pero lograrán hacerlo si la dirección general así lo cree y dispone.
De esta manera, podremos empezar a medir la madurez de la comunicación de nuestra institución, según el nivel de desarrollo de las percepciones y prácticas comunes de comunicación de sus líderes, de sus profesionales de la comunicación y de sus miembros. Y sobre todo según la percepción y grados de satisfacción del servicio que ofrecemos. Desafíos enormes que debemos dar y darnos.
Columna publicada en Tiempo Judicial, el 2 de julio de 2020: http://tiempojudicial.com/2020/07/02/desafios-de-la-comunicacion-judicial/