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Cristina Carretero consideró que la oralidad aporta más claridad a la comunicación jurídica

La experta española también afirmó que las universidades son espacios fundamentales para el desarrollo temprano de las destrezas comunicacionales de abogados y abogadas.

La jurista Cristina Carretero González ejerce la docencia en la Facultad de Derecho de la Universidad Pontificia Comillas (España) como profesora de Derecho Procesal y de Oratoria y Redacción Jurídicas y Empresariales, en grado y en posgrado. Formó parte de la Comisión para la Modernización del Lenguaje Jurídico y, desde ese ámbito, dirigió el Informe sobre políticas públicas comparadas.

En diálogo con JusCom, opinó que la intensa carga de trabajo de los tribunales dificulta los procesos de clarificación del lenguaje jurídico y aseguró que las universidades son espacios esenciales para el desarrollo temprano de las destrezas comunicacionales de abogados y abogadas. “Hay que formar a los estudiantes de derecho en estos temas. Si en la facultad no insistimos estas competencias, cómo vamos a pretender que, luego, en el ejercicio de la profesión se pongan en práctica. Hay que empezar por formación básica de los abogados para que, luego, cuando estén cumpliendo sus funciones en el servicio de justicia, sepan perfectamente cuándo tienen que cambiar de registro, cuándo tienen que ser más técnicos o menos técnicos”.

En tal sentido, destacó el papel de los letrados de las partes en el proceso de clarificación del discurso jurídico. En este sentido, sostuvo que el papel de los magistrados en el impulso del lenguaje claro “es temporal” y señaló que lo ideal sería que estas iniciativas también sean asumidas por los profesionales del derecho que tienen más tiempo con las personas que acuden a la justicia. “Hay que descargar a los jueces, que ya bastante tienen que hacer”, remarcó.

 

Oralidad y lectura fácil

Carretero González admitió que, en los últimos años, en España, han tenido mayor visibilidad las comunicaciones de lectura fácil redactadas en causas que afectan a personas en condición de vulnerabilidad. Sin embargo, consideró que en estos casos podría ser más eficaz la celebración de audiencias privadas con las personas afectadas para el juez o la jueza le explique “cara a cara” el contenido de la resolución.

“La oralidad me parece mucho más clara en estos casos, porque permite la interacción. Las personas que integran grupos vulnerables así pueden preguntar que no entiendan. A la vez, esto permite que el juez, cuando tiene algunos años en el ejercicio del cargo, detecte si el destinatario de la sentencia está comprendiendo o no lo que se le dice. Esta interacción no es posible con un texto escrito. Confío mucho en la oralidad, en una reunión del juez con la persona a la que está destinada la sentencia en una audiencia privada”, puntualizó.

En cuanto a la escritura de comunicaciones de lectura fácil, Carretero González precisó que no es conveniente ni factible encarar una reescritura de toda la sentencia. “No creo que tengan que hacer doble trabajo, me parece una carga que los tribunales no pueden asumir en este momento”, subrayó.

“Yo haría un anexo en la propia sentencia y notificaría todo el contenido para que esa persona pueda dárselo a su abogado actual o futuro. Lo pondría al principio del texto y como un resumen de lo que el destinatario va a encontrar después en la sentencia completa”, agregó.

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